
Prórroga en Plazos Tributarios: Medidas Fiscales del Consell Valenciano para Mitigar los Daños de la DANAPrórroga en Plazos Tributarios:
El Consell valenciano ha aprobado un decreto ley que establece medidas fiscales extraordinarias para apoyar a las familias y empresas afectadas por la DANA. Estas medidas abarcan deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), bonificaciones en impuestos como Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales, entre otros.
La vicepresidenta, Susana Camarero, y la consellera portavoz y titular de Hacienda, Ruth Merino, han destacado que estas iniciativas buscan «facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, ampliar los beneficios fiscales y recuperar la actividad económica en las áreas afectadas.»
El decreto incluye la prórroga hasta el 31 de enero de 2025 para la presentación e ingreso de autoliquidaciones en los siguientes impuestos:
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Tributos sobre el Juego.
- Impuesto sobre Actividades que inciden en el Medio Ambiente.
Esta medida se aplica a personas o entidades con domicilio fiscal en los municipios afectados, titulares de bienes inmuebles en dichas áreas o quienes puedan acreditar que la DANA dificultó gravemente el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Beneficios Fiscales en el IRPF
El decreto contempla dos deducciones en el tramo autonómico del IRPF aplicables a los periodos impositivos de 2024 y 2025:
- Deducción del 100% de los gastos por daños en vivienda habitual: Con un límite de 2.000 euros, aplica a quienes tengan una renta de hasta 45.000 euros en tributación individual y 60.000 euros en tributación conjunta.
- Deducción del 45% en inversiones empresariales: Para cantidades invertidas en acciones o participaciones sociales como parte de acuerdos de constitución o ampliación de capital de sociedades. El límite es de 9.900 euros por contribuyente. Esta medida busca facilitar recursos propios para entidades con sede en las áreas afectadas.
Bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
- 50% de bonificación en adquisiciones ‘mortis causa’: Aplica a parientes colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad de personas fallecidas por la DANA.
- Reducción del 100% en donaciones: Beneficia a quienes reciban efectivo u otros bienes destinados a paliar daños materiales derivados del temporal. Este beneficio no está condicionado al parentesco, pero los fondos deben destinarse a reparar daños en un plazo de 12 meses.
- Adquisición de nueva vivienda: Las donaciones realizadas para adquirir una nueva vivienda habitual, tras la destrucción de la anterior, también podrán beneficiarse de estas reducciones.
Beneficios en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)
- Exención del 100% en el ITP y AJD: Para la adquisición de inmuebles que reemplacen viviendas destruidas por la DANA.
- Exención en adquisición de vehículos: Bonificación del 100% para reemplazar automóviles destruidos, aplicable a adquisiciones realizadas entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.

Exenciones Adicionales y Tributos sobre el Juego
El decreto también incluye:
- Exención del canon de saneamiento: Para consumos de agua en las áreas afectadas entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de marzo de 2025.
- Suspensión del proceso recaudatorio: Para cuotas pendientes de canon de saneamiento hasta el 28 de febrero de 2025.
- Bonificación del 100% en tributos del juego: Aplica a la explotación de máquinas y azar afectadas por el temporal, proporcional a los días de suspensión o baja definitiva.
Conclusión
El Consell valenciano reafirma su compromiso con las familias y empresas afectadas por la DANA a través de este conjunto de medidas fiscales, que no solo buscan paliar los daños ocasionados por el temporal, sino también fomentar la recuperación económica en las áreas afectadas.