Preguntas Frecuentes


Despeja todas tus dudas
Principales Preguntas y Respuestas
Encuentra aquí la recopilación de las dudas que recibimos con más frecuencia en nuestro día a día.
- ¿Cuál es el valor mínimo de la puja?
No existe mínimo para pujar. Aunque según la redacción de la ley, se recomienda pujar el 50% del valor de la subasta o al menos cubrir la cantidad reclamada para tener buena probabilidad de éxito. Puede ocurrir que ganes la subasta pero luego, en el procedimiento, la administración pública no te la adjudique por ser la puja demasiado baja. Se han dado casos de todo tipo, los que se han aprobado por debajo del 50% y los que no.
- ¿Por qué me exigen un depósito del 5% del valor del inmueble?
Para tener derecho a participar en la subasta judicial de inmuebles, el juzgado requiere realizar un depósito en la cuenta de la administración. Normalmente un 5% del valor de inmueble en subasta. La administración te devuelve este importe si NO ganas la subasta en unas 24-48 horas después de finalizadas las pujas . Es importante también que sepas que la administración no te devolverá el depósito si ganas la subasta y no pagas el precio al que te has comprometido . Es la garantía que tienen de que estás pujando en serio.
- ¿Puedo visitar el inmueble antes de la subasta?
Las propiedades en subasta judicial, del BOE o de Hacienda y Seguridad Social NO se pueden visitar . Podrás ver foto exterior del inmueble, conocer la ubicación exacta, y metros cuadrados registrados en el catastro. En el caso excepcional de poder realizar una visita se indica específicamente en la ficha del inmueble. También puedes contratar nuestro servicio de visitadores que se encargan de facilitarte toda la información posible.
- ¿Cuándo me hacen entrega de las llaves del inmueble?
Dependerá siempre de la carga de trabajo que tenga cada juzgado para señalar la toma de posesión. En cualquier caso se recomienda siempre llegar a un acuerdo económico con el ocupante si no se desea depender de la carga de trabajo de cada juzgado para promover el lanzamiento de los ocupantes que existan en la propiedad.
- ¿Cuál es el plazo que tengo para pagar la puja?
Con carácter general dispondrás de un plazo medio de 15 si la subasta es de la administración de Hacienda o de 40 días si la subasta es una subasta judicial. Ese es el tiempo que dispones para abonar el total del precio de tu puja.
- ¿Se puede financiar la compra en la subasta Judicial de inmuebles?
Las propiedades en subasta NO se pueden financiar. Si tu puja es INFERIOR al 70% del valor de tasación para subasta, tendrás que disponer del dinero de tu puja en efectivo o disponer de medios alternativos tales como una financiación puente con tu banco hasta que una vez te entreguen la propiedad libre de cargas puedas hipotecarla. Por el contrario, SÍ podrá financiar parte del precio si tu puja es SUPERIOR al 70% del valor de tasación para subasta.
- ¿Cuál es el valor máximo de la puja?
Aún cuando hayas señalado un importe máximo, el sistema intentará lograr la adjudicación por el menor precio posible . Por criterios de estrategia y confidencialidad NO realizaremos ninguna puja en tu nombre hasta que falten menos de 12 horas para finalizar la subasta. Te avisaremos de inmediato en caso de que tu puja máxima sea superada y tendrás oportunidad de mejorarla si lo deseas.
- ¿Quién puede pujar? ¿Puedo pujar con otras personas?
Puedes participar como desees; en nombre propio, junto a otras personas en los porcentajes que desees, o incluso en nombre de una empresa. Sólo tienes que indicárnoslo previamente.
- ¿Que ocurre después de ganar una subasta?
Una vez hayas logrado ser mejor postor uno de nuestros agentes se pondrá en contacto directo contigo para tramitar la formalización de la documentación y pasos adicionales en función del origen y tipo de subasta en la que estés participando (Voluntaria, BOE, Judicial, Mercantil, Hacienda,
- ¿Qué ocurre con las cargas del inmueble (las deudas)?
Con nuestros planes “Basic“, “Premium” o “Business” analizaremos las cargas para averiguar si la propiedad se queda libre de cargas tras la subasta o por el contrario, tiene cargas que persisten tras la misma.
Es muy importante este análisis para evitar entrar a una subasta Judicial de inmuebles que luego suponga un problema económico para ti y nuestro trabajo es eliminar todo el riesgo en la operación.
Existen muchísimas subastas con una larga lista de cargas en su nota simple pero que resultan cancelables tras la subasta por lo que siempre es imprescindible que un experto analice las cargas para que no pierdas una BUENA OPORTUNIDAD INMOBILIARIA que a priori podría parecer mala opción.
Tenemos que asegurar que en el importe que quieres pujar esté INCLUIDO todos los gastos, a excepción del IBI y Comunidad de propietarios.
- ¿Qué ocurre con las deudas de Comunidad de Propietarios e IBI?
Aunque se adeuden 20 años de Comunidad de Propietarios e IBI, únicamente habrás de hacerte cargo del año en curso y los tres (3) anteriores.
- ¿Qué impuestos tengo que pagar por la adquisición del inmueble?
Los impuestos que tienes que abonar en subasta son los mismos que en cualquier otra compraventa normal; ITP y AJD aplicables en tu Comunidad Autónoma.

Servicio rápido y seguro
Celebrar una buena inversión no tiene precio...
Contratando nuestros servicios sólo tendrás que preocuparte por celebrar el éxito de tu inversión…
Porque cualquier cosa que pudiera surgir durante la tramitación está cubierta por nuestros especialistas que tienen como objetivo hacer de tu experiencia algo que quieras repetir.
Cuando un inversor consigue altas rentabilidades por su dinero participando en subastas judiciales de la mano de subastafacil, lo que más apetece es celebrarlo.

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